lunes, 11 de abril de 2016

CONCLUSION


En conclusión el Derecho Administrativo como ciencia encuentra su fundamento y sustrato en el fin que persigue, es decir, el interés general. 
La forma en que se concreta dicho interés general, tanto en su dimensión colectiva como individual, es mediante la correcta aplicación de sus principios rectores, de tal forma, que el principio tiene un carácter de supra legal, y cuando el principio es incluido en una norma, se trata de una regla, por tanto, se convierte en un mandato de optimización para los operadores jurídico administrativos.
Ademas de que el Derecho Administrativo es esencial porque de ahí viene nuestra administración publica la cual se encarga de ver el bienestar de la sociedad por medio de distintos aspectos, uno de ellos son los contratos administrativos los cuales con ellos se puede generar un cambio en el país, ya que se generaría infraestructura gracias a los pactado en aquel contrato administrativo celebrado por una autoridad del Estado. Así como también cabe mencionar que de mi parte se cumplieron los objetivos planteados en la introducción del presente trabajo.


BIBLIOGRAFIA


  • Acosta Romero Miguel, Compendio de Derecho administrativo, Parte General. Editorial Porrúa, México, 2003. 
  • Andrade Sánchez Eduardo, Teoría general del Estado, Editorial Textos Jurídicos Universitarios, México, 1987. 
  • De Pina Rafael y De Pina Vara Rafael, Diccionario de Derecho, Editorial Porrúa. México, 1995.
  • Fernández Ruiz Jorge Derecho administrativo y administración pública. Editorial Porrúa. México 2009. 
  • Fraga Gabino, Derecho administrativo, Editorial Porrúa, México, 2001.
  • http://www.aliat.org.mx/BibliotecasDigitales/derecho_y_ciencias_sociales/Derecho_administrativo_I.pdf.



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